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Jubilación
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Invalidez
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Dependencia
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Fallecimiento
Los Planes de Pensiones se puede definir como un
contrato privado y voluntario realizado para dar cobertura mediante una
prestación económica a las contingencias vistas anteriormente.
En el funcionamiento de un Plan de Pensiones intervienen:
-
Partícipe: es la persona física en cuyo interés
se crea el Plan de Pensiones.
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Promotor: persona física o jurídica que diseña, crea y pone en marcha el Plan.
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Beneficiario: persona física que recibe la
prestación correspondiente.
-
Garante: Entidades Aseguradoras que pueden cubrir
riesgos determinados.
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Actuario: son los expertos que certifican la solvencia
financiera del Plan.
Los Fondos de Pensiones son patrimonios creados con
el objetivo de servir de instrumento de inversión de las aportaciones y demás
incrementos de patrimonio.
Analizando la Política de Inversión, se pueden distinguir los siguientes
tipos de Fondos de Pensiones:
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Renta Fija a corto plazo
-
Renta Fija a largo plazo
-
Renta Fija Mixta
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Renta Variable Mixta
-
Renta Variable
La contratación de Fondos y Planes de Pensiones
se realiza con el objetivo de mejorar las prestaciones del sistema público,
permitiendo incrementar el importe mediante sistemas
privados de previsión, no permitiendo puedan sustituir o debilitar las prestaciones públicas.
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